No habrá más impuestos, pero sí límites en deducciones y mayores retenciones. Sobre aviso no hay engaño.
Por Jorge Arturo Monjarás
El gobierno federal mantuvo la promesa de no aumentar ni crear nuevos impuestos a los contribuyentes para sustentar su gasto del próximo año, sin embargo, sí promovió algunos cambios en materia de deducciones y retenciones que aumentarán la carga impositiva de algunas empresas y personas físicas.
Además sumó un grupo a la base tributaria: las compañías digitales multinacionales. Asimismo, más allá de las leyes fiscales, se cierne amenazante la reforma que tipifica como delincuencia organizada el uso de facturas falsas.
Si bien se fijó un tope mínimo de nueve millones de pesos para que proceda, los expertos fiscales aconsejan ir con mucho cuidado en este campo y ofrecen algunos consejos.
PLATAFORMAS DIGITALES, A PAGAR
Para los expertos consultados, sumar a firmas como Airbnb, Uber, Spotify, Netflix, Amazon, Mercado Libre y demás plataformas digitales a la base de contribuyentes forma parte de una tendencia mundial para tratar a estas compañías bajo el principio de que el impuesto debe pagarse donde se genera el servicio.
Empero, una urgente intervención de la Asociación Mexicana de Internet en octubre pasado rindió frutos al suavizar las condiciones que los legisladores querían imponer y amplió el plazo a seis meses, a partir del 30 de enero, para adaptar sus sistemas a las nuevas reglas.
Los usuarios también están involucrados: quienes utilicen las plataformas de comercio electrónico como Amazon o Mercado Libre, o servicios de hospedaje como Airbnb, deberán proporcionar datos como RFC, CURP y CLABE.
Las empresas deberán acostumbrarse a una retención de impuesto sobre la renta (ISR), señala Manuel Rico, socio de Impuestos de la consultora KPMG.
Las empresas mencionadas y sus semejantes deberán registrar un domicilio fiscal en México para tributar y el IVA tendrá impacto en los precios finales, advierte el experto.
No es el caso de Uber, cuyos socios ya aplican el IVA por el servicio y pagan ISR, sólo habrá un pequeño aumento por el impuesto que ahora deberá cobrar la plataforma por el uso de su tecnología.
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UN CARGO AL AHORRO
Si bien no es un aumento en la tasa, el incremento de la retención de ISR a los intereses generados por el ahorro en el sector financiero sí impacta a unos 15 millones de cuentas de captación que, según datos del la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, existen en México.
La retención pasó de 1.04 a 1.46% mensual en el caso de cuentas bancarias y diario en el caso de fondos de inversión, lo cual afecta a los ya de por sí exiguos rendimientos de la banca. “Solo los ahorradores que elaboren declaración anual podrán deducir esta retención a su pago de ISR”, señala Rico. Un cargo que no fomenta el difícil hábito del ahorro.
LÍMITE ANTIABUSO
Las limitaciones a las deducciones del ISR están presentes en la Ley de Ingresos de 2020 con la intención de evitar abusos fiscales de las empresas, comenta Manuel Rico.
Refiere, por ejemplo, los nuevos límites a la deducibilidad entre empresas filiales (conocidas como partes relacionadas), que trata de evitar que las multinacionales abran compañías en paraísos fiscales para recibir ahí pagos de sus filiales en otros países y así evadir impuestos.
Pero en México la ley establece que si una nación cobra una tasa menor a 22.5%, debe ser considerada “régimen fiscal preferente” (paraíso fiscal) y, por tanto, los pagos que se hagan a filiales constituidas en ellas no podrán deducirse en México.
No obstante, Estados Unidos y Europa viven una baja de impuestos generalizada. Donald Trump, en diciembre de 2017, redujo el ISR a 21% y algunos otros impuestos, como el de regalías, hasta un 13.5%.
Técnicamente, para México, EE.UU. es un paraíso fiscal, por lo que ninguna compañía podrá deducir pagos por regalías a filiales de ese país. Aunque dado el esquema tan alto de integración entre los dos territorios, esta medida podría volverse insostenible, según los expertos.
“Esta disposición puede afectar a multinacionales que efectúan pagos a sus contrapartes que residen en otros países”, detalla Manuel Rico. Lo que deberán cambiar, agrega, son las reglas para considerar a una nación con un régimen fiscal preferente.
MENOR DEDUCCIÓN DE INTERESES
Otro cambio para el próximo año es la limitación a las deducciones de intereses por deudas de la empresa, medida que busca evitar abusos de planeación fiscal con créditos procedentes de empresas relacionadas en el extranjero.
Ahora solo podrá deducirse hasta 30% de las utilidades de la firma, lo que puede afectar sobre todo a empresas en sus primeros años o a aquellas que contrataron financiamiento para algún proyecto ambicioso.
El legislador mexicano incluyó en esta medida todos los créditos nacionales, comerciales o de banca de desarrollo.
“Si ya habías solicitado un crédito para ampliar tu planta y estás deduciendo los intereses, y en 2020 te cambian las reglas del juego, eso puede ser relativamente grave en función de la recuperación del capital invertido”, advierte Ulises Castilla, de Baker McKenzie México. Era preferible que se aplicara la regla a créditos nuevos, señala el experto.
MAYOR CONTROL CON CARGO AL CONTRIBUYENTE
Una modificación que solo ocasionará más costos administrativos es el de “esquemas reportables”. Las compañías tendrán que reportar a Hacienda cada una de las operaciones con partes relacionadas (filiales, controladoras y centros de servicio) que les impliquen deducciones fiscales.
Es decir, no bastan las facturas electrónicas que hacen constar tales movimientos: el fisco buscará a partir de 2020 que se le especifiquen estos movimientos, como préstamos internos, cobro de servicios de holding o por el empleo de tecnologías de la información, operaciones frecuentes de las empresas multinacionales.
Ello significará un gran aumento en la información que ya de por sí debe enviarse al Gobierno. Esta regla entrará en vigor hasta 2021. “Ojalá se revisara antes”, apunta Rico, de KPMG.
SI ES FACTURA FALSA… ¡CUIDADO!
Los cambios fiscales mencionados se dan con el trasfondo de una medida previa que causa la preocupación de los contribuyentes: considerar algunas actividades de evasión fiscal como actos de delincuencia organizada, mediante cambios en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, entre otras.
Lo anterior implicaría la prisión preventiva oficiosa para quienes se encuentren responsables y potenciales procesos de extinción de dominio para las compañías.
El objetivo de estos cambios, se ha dicho, es combatir el uso de facturas falsas y con un límite mínimo de nueve millones de pesos. Pero este monto no es tan alto si se consideran ejercicios anuales en una empresa mediana, incluso.
Así que la máxima recomendación que tienen los consultores es mantener bien revisada la llamada “lista negra” que la Secretaría de Hacienda publica periódicamente en su página web, con los nombres y datos fiscales de aquellas empresas acusadas de emitir facturas falsas para evasión fiscal.
Así, las compañías pueden estar alertas si es que alguno de sus proveedores es considerado falsificador de facturas para, de tal modo, optar por no realizar la deducción de dicho monto o bien, prepararse para defenderlo, comprobando que, en efecto, recibió a cambio un producto o servicio, finaliza Castilla.
LOS INGRESOS DEL GOBIERNO EN 2020
Estas son las partidas más importantes de la Ley de Ingresos de la Federación para el próximo año. (Cifras en millones de pesos)